REGLAMENTO DE FRUTA MILLONARIA


REGLAS GENERALES


  1. FRUTA MILLONARIA, es un juego de AZAR con premios fijos, que consiste en la extracción al azar de UNA (1) FRUTA de CUARENTA (40) que resultará ganador en cada uno de los sorteos establecidos.
  2. Para la extracción de la FRUTA se realiza un proceso de selección aleatorio aplicando Mediante sistema telemático.

APUESTAS


  1. La(s) apuesta(s) de los jugadores se harán a través de los centros de apuestas autorizados, ubicados en los puntos de venta identificados como vendedores de FRUTA MILLONARIA.
  2. Los puntos de venta, emitirán un ticket que identificará tu apuesta de FRUTA MILLONARIA, punto de venta, el número y fruta (s) apostado (s), monto (s) de la (s) apuesta (s), fecha y hora del sorteo y un código de seguridad que permitirá validar la apuesta.
  3. El jugador deberá conservar su ticket o apuesta en buen estado de conservación, y será el único recibo o comprobante válido para el reclamo del premio.
  4. Los centros de apuestas vendedoras del juego FRUTA MILLONARIA son intermediarios independientes que asumen la responsabilidad por la perfecta ejecución de todas las operaciones a su cargo, sin que tal responsabilidad pueda ser imputada al operador de FRUTA MILLONARIA
  5. El sistema de venta de apuesta para el juego FRUTA MILLONARIA solo aceptará jugadas hasta cinco (5) minutos antes de la realización del respectivo sorteo y aceptará jugadas adelantadas para futuros sorteos que se realicen el mismo día. Sólo la apuesta realizada antes del sorteo será reconocida y se tendrá como válida.

HORARIOS


  1. Para determinar los ganadores del juego FRUTA MILLONARIA, se realizarán DIEZ (10) sorteos diarios de lunes a domingo.
  2. El Horario de los sorteos será: 09:30AM, 10:30AM, 11:30AM, 12:30M, 01:30PM, 03:30PM, 04:30PM, 05:30PM, 06:30PM, 07:30PM.
  3. No se responderá por tickets elaborados luego de la hora del sorteo.

PREMIOS


  1. FRUTA MILLONARIA es un juego con sorteos de premios fijos.
  2. El acierto de una fruta ganadora será cancelado de acuerdo a la tarifa establecida por el administrador de FRUTA MILLONARIA, la cuan esta establecida en la proporción de TREINTA (32) veces la apuesta realizada.
  3. Los premios del juego FRUTA MILLONARIA, solo podrán hacerse efectivos en el mismo punto de venta autorizado en que se haya realizado la apuesta.
  4. El derecho a cobrar premio caducará el tercer (3er) día hábil continuo siguiente al día del respectivo sorteo. Vencido el término de caducidad establecido, se extingue todo derecho a reclamo de premios.
  5. El acreedor del premio deberá probar su condición de ganador mediante la presentación del original del respectivo ticket, no se aceptará bajo ningún concepto copia de ticket, el ticket debe estar en perfecto estado de conservación, totalmente íntegro, con su contenido y signos distintivos completos, que no registren o presenten ningún tipo de enmendaduras, adulteraciones, reconstrucciones, roturas o que resulten ilegibles en todo o en parte, sin lo cual, el respectivo punto de venta autorizado, se abstendrán de pagar el premio.
  6. El pago de los premios es responsabilidad exclusiva del administrador, arrendatario o intermediario de FRUTA MILLONARIA, quien los pagará cuando la respectiva apuesta se encuentre registrada en su base de datos. Será responsabilidad exclusiva del punto de venta autorizado, el pago de premios derivado de la venta de apuestas no reportadas al administrador o que hayan sido anuladas antes del sorteo.
  7. La administración o el punto de venta autorizado de FRUTA MILLONARIA, no serán responsables en caso de anulaciones de apuestas, acordadas en virtud de lo establecido en la presente Normativa, ni en los casos de hurto, robo o extravío del respectivo ticket, el cual constituye el único medio probatorio de la apuesta.
  8. El administrador de FRUTA MILLONARIA, podrá modificar o reformar total o parcialmente el presente Normativa e informará al público apostador mediante anuncio publicado en el SITIO WEB (www.FrutaMillonaria.com).
  9. En caso de error en las publicaciones o anuncios de los resultados oficiales de los sorteos a través de medios de comunicación como prensa, radio o televisión, y redes sociales el administrador y los jugadores se someterán exclusivamente al resultado que conste en el sistema del respectivo sorteo publicado en el SITIO WEB OFICIAL (www.FrutaMillonaria.com).
  10. La presente Normativa constituye un contrato de adhesión, por lo cual el jugador que participe en el juego deberá sujetarse a todas y cada una de las reglas que lo regulan, así como a sus reformas o modificaciones, si las hubiere, por ser reglas pre- elaboradas, sin que los jugadores o apostadores puedan sugerir o requerir modificación alguna.
  11. Sólo podrá comercializar el juego FRUTA MILLONARIA, aquel Comercializador que tenga una relación contractual con el administrador del presente sorteo, y que haya obtenido el código otorgado por el administrador, autorizándole a comercializar dicho juego a través de los CENTROS DE APUESTAS afiliados a su red, los cuales estarán autorizados a prestar servicio como espacios físicos acondicionados adecuadamente para la venta directa al público apostador del juego FRUTA MILLONARIA.

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